Supongamos que…
El valor catastral del suelo de una vivienda es 80.000 €
Han pasado 12 años desde que se adquirió hasta que se dona
El coeficiente que fija el ayuntamiento para 12 años es, por ejemplo, 0,09 — esta cifra varía según municipio.
Método objetivo:
Base imponible = 80.000 € × 0,09 = 7.200 €
Si el tipo impositivo municipal es, digamos, 25 %, la cuota se calcularía como: 7.200 € × 25 % = 1.800 €
Método real (si se opta por él):
Imagina que el valor de adquisición fue 150.000 € y que la “revalorización real” atribuible al suelo (tras ajustar por proporción) es 20.000 €. En ese caso, la base imponible sería esos 20.000 € y la cuota se calcularía sobre ese importe, lo que podría dar un resultado más bajo que el objeto del método objetivo (depende de los cálculos exactos y proporciones).