Sí, es posible vender un piso embargado totalmente o parcialmente. No hay leyes que lo prohíban. Si no puedes afrontar el pago de tu hipoteca, puedes igualmente vender tu inmueble a un tercero. Te explicamos cómo hacerlo si te urge vender un piso por embargo.
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EXCELENTE A base de 595 reseñas Publicado en Elodie MichenaudTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contenta con Templo Consulting, especialmente con Fiorella, por su profesionalidad, celeridad y honestidad en todo momento. Un trato inmejorable, me he sentido en confianza y acompañada en todo momento. Gracias!Publicado en Federica ArancibiaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Tuve la oportunidad de estar acompañada de Sabrina Fresquet y Luciana Arancibia para el alquiler de una propiedad, y mi experiencia fue realmente sobresaliente. Desde el primer contacto, se mostraron sumamente profesionales, atentas y transparentes. No solo me escucharon, sino que me ofrecieron distintas opciones ajustadas a lo que buscaba, sin tirar cualquier inmueble, sino con criterio. Durante todo el proceso la comunicación fue fluida: respondían mis dudas rápidamente, me guiaron en cada paso y me asesoraron con claridad. Lo que más valoro es el compromiso humano: no es “solo vender o alquilar”, sino acompañar al cliente para que todo salga bien y con tranquilidad. Esa dedicación se nota, y da mucha confianza. Además, después de cerrar el negocio siguieron estando presentes, verificando que estuviera todo bien y asegurándose de que quedara satisfecha, algo que no siempre sucede con otras inmobiliarias.Publicado en JFKTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy profesionales, excelente trato y honestos. Muy agradecido.Publicado en MikeLTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buenos profesionales, muy satisfecho con la atención de Juan Pedro que me explicó todo muy detalladamente. Lamentablemente no llegué a contratar el servicio porque no daba pie a ello, pero si un dia necesito cualquier tema de asesoría inmobiliaria para compra venta de viviendas les contactaré sin duda.Publicado en Silvia CebriánTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gracias a Pavlo Shekmar la venta de la casa se hizo en menos de una semana. Se nota que es una buena empresa cuenta con los mejores profesionales. Gracias Pavlo, recomendaremos Templo Consulting siempre!Publicado en Carlos CebriánTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quiero destacar la excelente experiencia que tuve con Pavlo Shekmar como asesor inmobiliario. Desde el primer contacto, demostró una eficacia sobresaliente, gestionando cada detalle con rapidez y precisión. Su atención personalizada hizo que todo el proceso fuera sencillo y sin complicaciones, siempre disponible para resolver dudas y ofrecer soluciones claras. Además, su profesionalidad es evidente en cada paso: transmite confianza, conoce el mercado a la perfección y se preocupa genuinamente por las necesidades del cliente. Gracias a su asesoramiento, la venta de mi vivienda fue una experiencia positiva y segura. Por todo ello, recomiendo sin dudar a Templo Consulting como empresa. Ofrecen un servicio integral y de calidad, respaldado por profesionales como Pavlo, que marcan la diferencia.Publicado en EpesiasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contentos con la gestión. Pavlo siempre amable,nos resolvía cualquier trámite o duda de forma clara y rápida. Ha sido un placer.Publicado en Francisco Moreno DelgadoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Agradecer el trato de Juan Pedro, que nos ha asesorado en nuestro proceso de compra de una vivienda protegida en Madrid, explicándonos todo de una forma clara y eficaz.Publicado en María Teresa Sánchez TejedorTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy bien. Todo muy rápido y sin contratiempo
Cuando un deudor no paga su deuda en el plazo voluntario ni en el período adicional tras recibir la notificación de apremio (según el artículo 62.5 de la LGT), se inicia el proceso de embargo. En esta etapa, se ejecutan los bienes del deudor para saldar la deuda, incluyendo recargos, intereses y costes adicionales.
Si recibes una notificación de embargo por ser el deudor, se te informará sobre el bien embargado y el importe de la deuda. Si pagas la totalidad de la deuda antes de que el bien embargado sea subastado o ejecutado, el embargo se levantará. Este pago puede realizarse en cualquier momento antes de la venta o ejecución del bien embargado.
Sí, es posible embargar una vivienda habitual. Como mencionamos anteriormente, este es un procedimiento legal en caso de impago de deudas, y requiere una resolución judicial o administrativa que lo apruebe. Para llevar a cabo el embargo de una vivienda, es necesario cumplir con ciertos requisitos y plazos establecidos por la ley.
Para proceder con la venta de un piso embargado, es fundamental seguir un proceso meticuloso y bien organizado. En Templo Consulting, nos especializamos en estos casos y te guiamos a través de los siguientes pasos clave:
El primer paso es establecer una comunicación fluida y transparente entre todas las partes involucradas. En Templo Consulting, actuamos como intermediarios para garantizar que tanto el comprador como el vendedor estén completamente informados sobre la situación del inmueble.
Valoración y presentación del inmueble: Realizamos una valoración profesional para establecer un precio competitivo y atractivo, tomamos fotografías de alta calidad que resalten las mejores características del inmueble, y creamos un anuncio detallado y atractivo para publicarlo en nuestras plataformas.
Estrategia de marketing y filtrado de compradores: Desarrollamos una estrategia de marketing personalizada para maximizar la visibilidad del inmueble, filtramos a los compradores potenciales y coordinamos las visitas, asegurándonos de que solo los interesados calificados lleguen a la propiedad.
Negociación y cierre de la venta: Facilitamos opciones de financiación cuando sea necesario, negociamos con los compradores interesados, preparamos toda la documentación para la firma de la compraventa, y ofrecemos acompañamiento a notaría para asegurar que todos los trámites se realicen de acuerdo con la ley.
Información al comprador
Exponemos al comprador las circunstancias del inmueble embargado, incluyendo las cargas pendientes, el proceso de liquidación de la deuda y las implicaciones de la compra. Es fundamental que el comprador entienda que parte del dinero de la transacción se destinará al pago de la deuda pendiente con el acreedor (banco o entidad financiera). De esta forma, se asegura que la propiedad quedará libre de cargas una vez finalizada la compraventa.
Información al vendedor
También mantenemos al vendedor completamente informado sobre el proceso de venta, los pasos necesarios y el cronograma de la transacción. Le explicamos cómo se gestionará el pago de la deuda, las transferencias que se realizarán el día de la firma, y el papel que desempeñará Templo Consulting en cada etapa del proceso. Además, le aclaramos los tiempos estimados y los trámites que deben cumplirse para lograr una vender el inmueble.
Antes de la firma, el acreedor (en este caso, el banco) generará un documento de deuda que especificará la cantidad exacta que se debe al momento de la firma de la compraventa. Este documento es crucial para garantizar que el monto de la deuda se pague correctamente y que el comprador reciba la propiedad libre de cargas. Este documento puede llamarse «Certificación de saldo de deuda» o «Certificado de liquidación de deuda», dependiendo del banco.
En el contrato de arras, se incluirá una cláusula específica que refleje que una parte del dinero de la transacción será destinada al pago de la deuda del inmueble. Este acuerdo asegura que tanto el comprador como el vendedor estén al tanto de cómo se distribuirán los fondos y garantiza que el proceso sea transparente y sin inconvenientes.
El día de la firma de la escritura pública, el dinero recibido por la venta del inmueble será distribuido en dos transferencias:
Una vez que el banco recibe el dinero y la deuda es cancelada, el inmueble queda libre de cargas. Esto significa que no estará sujeto a ningún tipo de embargo, hipoteca u otra deuda que haya sido registrada previamente.
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Embargar la vivienda habitual no ocurre automáticamente tras el primer impago. Para que proceda el embargo, los impagos deben ser por un tiempo prolongado y existen especificaciones particulares.
La vivienda habitual también puede ser embargada por otras deudas de carácter público mediante un procedimiento de apremio de la Administración Pública. Por ejemplo, podría embargarse por una multa derivada de una infracción grave, como la construcción de una casa sin permiso.
También puede darse el caso de que el titular de la hipoteca continúe pagando dicho préstamo, pero haya incumplido el pago de un crédito obtenido de otra entidad financiera.
En esta situación, también existe la posibilidad de embargar su vivienda habitual, siempre y cuando no pueda saldar la deuda con otros activos y no sea viable embargar su salario, cuenta bancaria o pensión (estas opciones tienen preferencia).
Es importante destacar que la deuda debe tener un importe significativo. Es decir, no se procederá al embargo de la vivienda habitual por una deuda de pequeña cuantía.
¿Quieres saber en cuánto puedes vender tu piso?
Es una medida cautelar que se aplica a un bien inmueble cuando un tribunal ha dictado una resolución en un proceso judicial en el que el propietario ha sido condenado a pagar una deuda. Esta anotación se registra en el registro de la propiedad y tiene como objetivo garantizar que el bien esté vinculado al proceso judicial. Quien solicita este procedimiento es el acreedor, es decir, la entidad o persona que tiene derecho a reclamar el pago.
El procedimiento lo inicia el acreedor, que en este caso será una entidad pública como la Agencia Tributaria, que ha intentado cobrar la deuda sin éxito.
La cancelación de la deuda se debe presentar formalmente ante el registro de la propiedad donde está inscrita la anotación.
Si deseas vender un piso embargado y obtener alguna ganancia de la transacción, podrías considerar fijar un precio más alto para cubrir las deudas pendientes. Sin embargo, si las deudas son demasiado elevadas, este aumento en el precio podría dificultar la venta, ya que los posibles compradores podrían desestimarlo debido a su coste.
Nuestra recomendación es no enfocarse en obtener una ganancia significativa, sino más bien en facilitar la compraventa, fijando un precio razonable que haga la propiedad más atractiva para los interesados.
También recomendamos ser completamente transparente con el comprador potencial para evitar problemas durante el proceso de compraventa.
Es importante tener en cuenta que, debido al estado del inmueble y a la anotación de embargo, esto podría asustar a algunos compradores. No obstante, la transparencia desde el principio es clave.
Algunos compradores, aprovechando la urgencia del vendedor por saldar la deuda, podrían intentar negociar el precio del inmueble a la baja lo máximo posible. Esta dinámica añade complejidad al proceso de compraventa.
Aunque es posible vender un piso embargado, es un proceso complicado que requiere de una gestión cuidadosa y realista del precio.
El proceso de venta de un inmueble embargado puede implicar la necesidad de obtener una resolución judicial o llegar a un acuerdo con la entidad acreedora para proceder con la transacción. Los procedimientos judiciales suelen ser lentos y burocráticos, lo que puede retrasar considerablemente la venta y complicar la gestión de la operación.
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El inicio del proceso judicial para embargar un piso comienza cuando el acreedor (por lo general el banco) no recibe el pago de la deuda en un periodo de tiempo determinado. En ese momento, el acreedor puede llevar a cabo lo que se llama un procedimiento de ejecución hipotecaria, mediante el cual, un juez lleva a cabo la ordenación del embargo del inmueble con motivo del pago de la deuda al acreedor.
Una vez que el juez aprueba el proceso de embargo, el propietario pierde el control total sobre la propiedad, lo que significa que no podrá vender el inmueble de manera libre hasta que haya saldado la deuda pendiente. Esta medida garantiza que el acreedor reciba el monto adeudado, ya sea mediante el pago directo del propietario o a través de la venta del inmueble.
En algunos casos, antes de que se llegue a la subasta pública, tanto el propietario del inmueble como el acreedor pueden intentar llegar a un acuerdo. Esto puede incluir la posibilidad de que el propietario pague la deuda pendiente mediante la venta de la vivienda o busque una dación en pago.
En Templo Consulting, aconsejamos firmemente evitar que el inmueble llegue a subasta pública y optar por venderlo para liquidar la deuda pendiente. En una subasta, el precio de adjudicación suele rondar aproximadamente el 70% del valor de mercado de la propiedad. Además, el propietario debe considerar que a este monto se le descontarán los gastos asociados al proceso judicial.
Si no se logra llegar a un acuerdo y la deuda sigue sin saldarse, el inmueble será enviado a subasta pública. En este caso, el proceso judicial pondrá la propiedad a la venta, permitiendo que el banco, como acreedor, recupere la deuda pendiente a través de la venta del inmueble.
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